Qué ocurre con las deudas en un divorcio: quién responde y cómo proteger tu patrimonio

Primer plano de un escritorio de madera en un despacho de abogados, cubierto con carpetas de expedientes, documentos legales firmados con sellos, facturas, dos calculadoras y un bolígrafo, con una estantería de libros de fondo.

Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio, la atención suele centrarse en aspectos como la custodia de los hijos, el uso de la vivienda familiar o la pensión compensatoria. Sin embargo, hay una cuestión que con frecuencia se aborda tarde y mal: qué pasa con las deudas contraídas durante el matrimonio. Quién las asume, en qué proporción y cómo evitar que las obligaciones del otro cónyuge acaben afectando al patrimonio propio son preguntas que tienen respuestas jurídicas concretas, pero que dependen en gran medida del régimen económico que rigiera el matrimonio.

En nuestro despacho de abogados en Valencia, acompañamos a nuestros clientes en todo el proceso de divorcio, incluida la parte patrimonial que tantas veces genera conflicto. Porque un acuerdo mal redactado o una liquidación de sociedad de gananciales mal planteada puede tener consecuencias económicas que se prolonguen durante años después de la sentencia.

El régimen económico matrimonial, la clave de todo

Antes de saber quién responde de qué, es imprescindible identificar bajo qué régimen económico matrimonial vivía la pareja. En España existen básicamente tres posibilidades:

La sociedad de gananciales es el régimen legal supletorio en la mayor parte del territorio español, lo que significa que se aplica automáticamente si los cónyuges no pactaron nada diferente en capitulaciones matrimoniales. Bajo este régimen, bienes y deudas generados durante el matrimonio son, en principio, comunes.

El régimen de separación de bienes implica que cada cónyuge es dueño de lo que aporta o adquiere a su nombre, y responde únicamente de sus propias deudas. Es el régimen habitual en Cataluña, Baleares y otras comunidades con derecho foral propio, aunque también puede pactarse en cualquier lugar de España mediante capitulaciones.

La participación en ganancias, mucho menos frecuente en la práctica, combina elementos de ambos sistemas y raramente se encuentra en divorcios cotidianos.

Infografía detallada sobre el reparto de deudas en un divorcio según el régimen de gananciales o separación de bienes, incluyendo consejos sobre la hipoteca, el convenio regulador y la liquidación de patrimonio común.Deudas en sociedad de gananciales: cuándo responde la masa común

Deudas que sí forman parte de la sociedad

Dentro del régimen de gananciales, no todas las deudas son automáticamente comunes. La ley distingue entre las que gravan la sociedad y las que son privativas de cada cónyuge.

Son deudas de la sociedad de gananciales, y por tanto responden con el patrimonio común, aquellas contraídas en beneficio de la familia: la hipoteca de la vivienda habitual, los préstamos para gastos domésticos, las deudas derivadas del negocio familiar o cualquier obligación asumida conjuntamente por ambos cónyuges.

También son gananciales, con matices, las deudas contraídas por uno solo de los cónyuges en el ejercicio de su profesión o actividad empresarial, siempre que la familia se haya beneficiado de esa actividad. Aquí es donde suelen surgir los conflictos más serios en el momento del divorcio.

Deudas privativas: cuándo solo responde quien las contrajo

Son deudas privativas —y por tanto no afectan al patrimonio común ni al otro cónyuge— las contraídas antes del matrimonio, las derivadas de un negocio o actividad que uno de los cónyuges tenía previamente a la boda, o aquellas que se generaron en beneficio exclusivo de uno de ellos sin reportar ningún beneficio a la unidad familiar.

Un ejemplo frecuente: si uno de los cónyuges contrajo una deuda por un negocio personal que fracasó antes de que la familia se beneficiara de él, esa deuda debería ser privativa. Pero la línea entre lo privativo y lo ganancial en materia de deudas es una de las más litigadas en la práctica, y los tribunales no siempre resuelven de forma uniforme.

Qué ocurre con las deudas al liquidar la sociedad de gananciales

El divorcio no extingue automáticamente las deudas. Lo que hace es activar el proceso de liquidación de la sociedad de gananciales, que implica inventariar todos los bienes y deudas comunes, calcular el activo y el pasivo, y repartir el resultado entre los dos cónyuges.

El pasivo ganancial: quién asume qué deuda

En la liquidación, las deudas comunes se descuentan del haber ganancial antes de repartir. Si el pasivo supera al activo —es decir, si hay más deudas que bienes— cada cónyuge responderá de la mitad del déficit con su propio patrimonio.

Aquí aparece uno de los problemas más graves: el acreedor externo no queda vinculado por el acuerdo entre los cónyuges. Si en el convenio regulador del divorcio se pacta que uno de los cónyuges asume una deuda concreta —por ejemplo, la hipoteca—, eso es válido entre ellos, pero el banco puede seguir reclamando al otro si el que asumió la deuda deja de pagar. El acreedor no forma parte del acuerdo privado entre divorciados.

Esto significa que incluso después del divorcio, si tu expareja deja de pagar una deuda hipotecaria que ambos firmasteis, el banco puede dirigirse contra ti. La única forma de evitarlo es gestionar una novación del préstamo con la entidad financiera para que libere al cónyuge que no se queda con la vivienda, algo que los bancos no siempre aceptan y que requiere negociación específica.

La importancia de liquidar bien y rápido

Uno de los errores más habituales es divorciarse sin liquidar la sociedad de gananciales. Muchas parejas firman el convenio regulador, obtienen la sentencia de divorcio y dejan la liquidación del patrimonio común para más adelante. Esto es un error que puede costar caro: mientras la sociedad no se liquide formalmente, los bienes siguen siendo comunes y las deudas que se generen podrían seguir afectando a ambos.

Separación de bienes y divorcio: ¿estás realmente protegido?

El régimen de separación de bienes ofrece una protección patrimonial mucho más sólida en caso de divorcio. Cada cónyuge responde únicamente de sus propias deudas, y los bienes privativos de uno no pueden ser embargados por las deudas del otro.

Sin embargo, existen situaciones en las que esa separación no es tan nítida como parece:

Si ambos cónyuges avalaron conjuntamente un préstamo, ambos responden aunque estén en separación de bienes. Si compraron un bien inmueble a medias, ese bien es proindiviso y en el divorcio habrá que decidir qué se hace con él —adjudicárselo a uno, venderlo o continuar en copropiedad, lo que rara vez es recomendable—.

Además, en el régimen de separación de bienes existe una figura que muchos desconocen: la compensación por trabajo doméstico. El artículo 1438 del Código Civil establece que el cónyuge que trabajó para la casa sin participar en actividades lucrativas externas tiene derecho a una compensación económica en el momento de la separación. No es exactamente una deuda, pero sí una obligación patrimonial que puede afectar al reparto final.

Cómo proteger tu patrimonio ante las deudas del otro cónyuge

Antes del matrimonio: capitulaciones matrimoniales

La herramienta más eficaz para proteger el patrimonio personal frente a las deudas del cónyuge es pactar el régimen de separación de bienes mediante capitulaciones matrimoniales antes de casarse —o incluso durante el matrimonio, cambiando el régimen mediante escritura notarial—. No es un acto de desconfianza: es una decisión jurídicamente inteligente, especialmente cuando uno o ambos cónyuges tienen actividad empresarial o patrimonios previos que proteger.

Durante el divorcio: el convenio regulador bien redactado

Si ya estás inmerso en un proceso de divorcio, la protección pasa por un convenio regulador exhaustivo que no solo regule la custodia y la pensión, sino que aborde de forma expresa cada una de las deudas existentes: quién las asume, en qué plazos, y qué ocurre si el cónyuge que las asume incumple. Prever consecuencias ante el incumplimiento dentro del propio convenio puede ahorrarte un litigio posterior.

Contar con abogados matrimonialistas especializados en la negociación del convenio es fundamental precisamente en este punto. Un abogado que solo se centre en los aspectos personales del divorcio —hijos, régimen de visitas— sin prestar atención al lado económico puede dejarte expuesto a problemas que aparecerán meses o años después.

La vivienda hipotecada: el flanco más sensible

La hipoteca conjunta es el mayor foco de conflicto patrimonial en los divorcios españoles. Las opciones habituales son vender la vivienda y repartir el dinero restante tras cancelar el préstamo, adjudicar la vivienda a uno de los cónyuges asumiendo la deuda hipotecaria, o —en casos extremos— devolver la vivienda al banco mediante dación en pago.

Ninguna de estas opciones es sencilla ni está exenta de consecuencias fiscales y jurídicas. Y en todos los casos, la negociación con la entidad financiera requiere asesoramiento legal específico, especialmente si hay dificultades de pago. En esos escenarios, conocer también las opciones que ofrece la Ley de Segunda Oportunidad puede ser relevante para quien quede con una carga hipotecaria que no puede asumir en solitario.

Deudas con terceros tras el divorcio: los riesgos que nadie explica

Uno de los aspectos menos conocidos es que ciertas deudas pueden seguir generándose o reclamándose incluso después de que la sentencia de divorcio sea firme. Los acreedores anteriores al divorcio pueden seguir dirigiendo sus reclamaciones contra ambos cónyuges si la deuda era conjunta, independientemente de lo que diga el convenio regulador.

Además, si durante el trámite del divorcio uno de los cónyuges realiza operaciones para vaciar su patrimonio —vendiendo bienes, transfiriéndolos a terceros o asumiendo deudas ficticias— con el objetivo de reducir el haber ganancial o eludir obligaciones, ese tipo de conducta puede tener consecuencias penales que van mucho más allá de la esfera civil. Esta posibilidad enlaza directamente con figuras como el alzamiento de bienes, que ya abordamos en profundidad en nuestro artículo sobre cuándo una deuda impagada puede convertirse en delito penal.

Cuándo es imprescindible contar con abogado especializado en familia

No todos los divorcios tienen la misma complejidad patrimonial. Un divorcio entre dos personas sin bienes, sin hijos y sin deudas puede resolverse de forma relativamente sencilla. Pero en cuanto hay una hipoteca, un negocio, deudas frente a terceros, bienes en el extranjero o discrepancias sobre qué es privativo y qué es ganancial, la complejidad jurídica se multiplica.

Los abogados de familia en Valencia de Derélitas trabajamos el divorcio de forma integral: no solo el acuerdo de medidas personales, sino también la liquidación patrimonial, la negociación con entidades financieras y la redacción de un convenio que proteja los intereses del cliente tanto en el presente como frente a contingencias futuras.

Si estás considerando divorciarte o ya estás inmerso en el proceso y tienes dudas sobre cómo quedan tus deudas y tu patrimonio, lo más prudente es que un especialista analice tu caso concreto antes de firmar nada. La primera consulta es gratuita y sin compromiso: puedes contactar con nosotros por teléfono, formulario o presencialmente en nuestra oficina de Valencia.

ESTUDIO GRATUITO DE TU CASO