El Derecho sucesorio es aquel Derecho que entra a escena cuando fallece una persona (causante) y regula la apertura de su sucesión, es decir, regula la tramitación de la herencia.
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Es común pensar que la tramitación de la herencia consiste únicamente en su aceptación, pero debes saber que existe una serie de actos previos que se hacen imprescindibles para la correcta aceptación y adjudicación de la herencia. Entre los cuales destacamos, principalmente, los siguientes:
- Se debe obtener el certificado de defunción del causante.
- La defunción deberá inscribirse en el Registro Civil.
- Igual de importante resulta obtener el certificado de últimas voluntades y de seguro de vida.
- Mediante el anterior trámite conoceremos si existe testamento del causante y si tenía suscrito algún seguro de vida.
- En el caso de no existir testamento, se debe realizar el acta de declaración de herederos (sucesión intestada o ab intestato).
- Conocidos los herederos y los bienes que componen la herencia, se deberá realizar la formación de inventario.
- Analizado y formado el inventario, con su activo y pasivo, se debe proceder a su partición, para, finalmente, adjudicar y aceptar la herencia.
- Liquidación del impuesto de sucesiones.
- Constitución y gestión de la herencia yacente.
Este Derecho tiene unas especialidades que lo distinguen del resto del Ordenamiento Jurídico español ya que está sujeto a una serie de procedimientos que resultan necesarios para que la herencia se lleve a cabo de manera correcta.
Por todo ello, y ante las complicaciones que pueden surgir en este tipo de procedimientos con tantas vicisitudes, siendo habitual la existencia de conflictos entre los herederos, resulta primordial estar asesorado por un abogado especialista en herencias en Valencia, que te ayudará a llevar a cabo las gestiones que se precisen a lo largo de la tramitación de la herencia.
Es común a la hora de tramitar una herencia encontrarse con situaciones o problemas como estos:
- No se respetan las legítimas.
- Existe un exceso de adjudicación entre los herederos.
- Los herederos no se ponen de acuerdo a la hora de realizar la formación de inventario o la partición y adjudicación de la herencia y la misma no llega a aceptarse, con la posible consecuencia de inicio de un procedimiento de división judicial de la herencia y la posible intervención de un contador partidor.
- Nulidad de testamento.
- Desheredación de uno de los herederos legitimarios.
- Problemas entre el cónyuge usufructuario y los herederos.
- Bienes colacionables a la herencia.
- Fideicomiso.
- Sustitución hereditaria.
- Premoriencia.
Hay que tener en cuenta que la aceptación de la herencia no siempre va a ser la mejor opción, pues podemos encontrarnos con deudas del causante que podrían afectar a la propia economía del heredero, pues se heredan los bienes y las obligaciones, por lo que si se sospecha que el causante pudiera arrastrar deudas, sería conveniente optar por:
- Aceptación de la herencia a beneficio de inventario
- Concurso de la herencia
En DERÉLITAS ABOGADOS contamos con un equipo de abogados especialistas en Derecho sucesorio en Valencia y resto de provincias, con una larga trayectoria a sus espaldas en lo que a sucesiones y herencias se refiere y a las problemáticas que puedan surgir al respecto.
Por ello, y mediante un estudio individualizado a cada caso concreto, nuestros abogados te asistirán a lo largo de todo el proceso, asesorándote en cada paso y asegurando que tus derechos como heredero o legatario quedarán siempre salvaguardados.
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